
Llegado el momento, toda persona puede necesitar una intervención quirúrgica. Ahora bien, ¿entendemos qué puede ocurrir y las consecuencias de dicha operación? Para que quede constancia de todo esto, existe el consentimiento informado.
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¿Qué es el consentimiento informado?
El consentimiento informado no es más que la manifestación expresa de la voluntad del paciente acerca de un tratamiento o atención médica a recibir y los riesgos y beneficios que implican para su salud.
De esta manera, el documento exime al profesional de cualquier responsabilidad por los supuestos que aquí se especifiquen. Este proceso tiene su fundamento en los Derechos Humanos, y concretamente en el derecho a la libertad de una persona para decidir sobre su propia salud.
¿Cómo se realiza?
De conformidad a lo establecido en el artículo 8.2 de la Ley 41/2002 del 14 noviembre, el cuál puedes revisar aquí, el consentimiento informado es un requisito indispensable en los casos donde se necesite realizar una intervención quirúrgica, algún procedimiento terapéutico invasivo, o aquellos que puedan repercutir de manera negativa en la salud y vida del paciente.
¿Verbal o escrito?
La norma anteriormente citada establece que este consentimiento debe realizarse por escrito, aun cuando en ocasiones pueda ser verbal, pero siempre se materializa a través de formularios escritos que son suscritos por el paciente informado.
Objetivos
El objetivo principal de esta manifestación de voluntad escrita es explicar los procesos médicos. Además, también se aportará información en cantidad y calidad suficiente para que el paciente pueda tomar una decisión.
Por otro lado, también es un objetivo primordial de este documento el garantizar el derecho de las personas a su autonomía y libertad para la toma de decisiones.
Etapas del consentimiento informado
El proceso tiene tres requisitos necesarios: voluntariedad, información y comprensión, y para ello hay que pasar por unas fases, las cuales consisten en:
- Realización de un informe por parte del profesional de la medicina acerca del procedimiento y/o tratamiento aplicar al paciente con todos los detalles que benefician a la vez que pueden colocar la salud y vida de la persona informada.
- Después de esto, se transmite al paciente.
- Comprensión, meditación y valoración por parte del paciente.
- Aceptación o rechazo acerca de del tratamiento o procedimiento médico a realizar.
Estos ítems deben estar desarrollados en un formulario que posteriormente suscribirá el paciente, ya sea aprobando o denegando la propuesta médica realizada conforme al diagnóstico efectuado por el profesional de la salud.
Recomendaciones para su elaboración
Lo ideal es elaborar un informe de forma clara y precisa sobre del procedimiento a seguir en el tratamiento. Posteriormente, hay que informar al paciente, quien seguro tendrá muchas preguntas a realizar.
Por esto, es necesario que el profesional vaya bien preparado para explicárselo y que así el paciente tenga claro el paso a paso y no haya dudas acerca de la decisión que vaya a tomar.
En los casos donde el paciente se niegue a recibir la información, o no esté consciente para ello, el personal médico informará a la persona que le represente legalmente o sea el responsable dejando constancia de ello en el informe.
Contenido
El informe debe contener de manera clara y precisa lo siguiente:
- Información detallada del procedimiento o tratamiento médico a seguir, el objetivo del mismo, las técnicas a aplicarse, tiempo de duración, beneficios, riesgos, efectos secundarios y posibles complicaciones, entre otros.
- Datos del paciente, su identificación completa y familiares cercanos o responsables legales si los hubiere.
- Información del centro de salud donde se realizará el procedimiento o tratamiento médico.
- Datos completos del médico así como del personal de salud que interviene.
- Lugar, fecha y hora en la que se determine el momento preciso de la suscripción del consentimiento informado bien en señal de aceptación o rechazo.
- En los casos donde esté comprometida la capacidad del paciente para la toma de decisiones, debe dejarse un espacio para los tutores o representantes del paciente.
- Enunciado de los derechos del paciente conforme a las normas vigentes aplicables.
Requisitos
Para que el consentimiento informado tenga plena validez debe contener los siguientes requisitos:
- Voluntariedad: manifestación del consentimiento de una persona de manera libre y sin ningún tipo de coacción, manipulación o persuasión que hagan dudar su aceptación o rechazo acerca de la información que le ha sido suministrada.
- Competencia: esto es la capacidad legal del paciente de tomar libremente decisiones sin menoscabo a su edad o vulnerabilidad mental, siempre que pueda tomar decisiones en total libertad, de manera consciente y sin dudas.
- Validez y autenticidad: referido a los procedimientos y protocolos que deben seguirse para la obtención del consentimiento libre, evidenciado en la suscripción del mismo luego de que sea informado y comprendido por el paciente.
Excepciones
Existen algunas excepciones para la obtención del consentimiento informado a saber:
- Cuando el procedimiento médico o la aplicación del tratamiento no represente un riesgo para la salud pública.
- Ante la presencia del riesgo inminente de daños irreversibles o peligro de muerte, no encontrándose en el recinto familiar o persona legalmente responsable y el paciente esté totalmente inconsciente.
- Cuando haya negativa del paciente a ser informado a pesar de ser perjudicial para el mismo.
De todo esto, debe dejarse constancia a través de informe médico suscrito por el médico tratante y responsable del centro de salud.